Tribunal de Justicia de la Unión Europea
(Asunto C-109/20 Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 26 de octubre de 2021
Fecha: 26-Oct-2021
Fallo
Los artículos 267TFUE y 344TFUE deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional que permite a un Estado miembro celebrar con un inversor de otro Estado miembro un convenio arbitral ad hoc que permita continuar un procedimiento arbitral iniciado sobre la base de una cláusula arbitral, de idéntico contenido a dicho convenio, que se recoge en un acuerdo internacional celebrado entre esos dos Estados miembros y que es nula por ser contraria a esos mismos artículos.
1 DO C161 de 11.5.2020.