(Asunto C-708/20 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 9 de diciembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el County Court at Birkenhead— Reino Unido) — BT / Seguros Catalana Occidente,EB
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-708/20 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 9 de diciembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el County Court at Birkenhead— Reino Unido) — BT / Seguros Catalana Occidente,EB

Fecha: 09-Dic-2021

Fallo

El artículo 13, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, debe interpretarse en el sentido de que, en el supuesto de que la persona perjudicada entable una acción directa contra el asegurador con arreglo a dicho artículo 13, apartado 2, el órgano jurisdiccional del Estado miembro en el que esté domiciliada esta persona no puede declararse competente, sobre la base del citado artículo 13, apartado 3, para pronunciarse sobre una demanda de indemnización por daños y perjuicios presentada simultáneamente por dicha persona contra el tomador del seguro o el asegurado domiciliado en otro Estado miembro que no haya sido demandado por el asegurador.

1 DO C110 de 29.3.2021.