AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1576/2004. CRESCENCIANO CHÁVEZ PAREDES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1576/2004. CRESCENCIANO CHÁVEZ PAREDES.

Fecha: 31-Oct-2002

Primeroen La Materia De La Revisión Se Confirma La Sentencia Recurrida

SEGUNDO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Crescenciano Chávez Paredes, en contra de los actos y autoridades precisados en el resultando primero de esta ejecutoria.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución, devuélvanse los autos al Tribunal Colegiado de Circuito de origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.

Así, lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de cuatro votos de los señores Ministros: Sergio A. Valls Hernández, Juan N. Silva Meza, José Ramón Cossío Díaz y presidenta Olga Sánchez Cordero de García Villegas (ponente), en contra del voto emitido por el señor Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo.