Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1606/2022
Fecha: 07-Dic-2022
II. OPORTUNIDAD
- Tal como se advierte de la lectura de las constancias, la notificación de la sentencia del Tribunal Colegiado a la parte tercera interesada, se realizó por medio de lista el miércoles nueve de marzo de dos mil veintidós , notificación que surtió sus efectos al día hábil siguiente, es decir, jueves diez del mismo mes y año. Por lo tanto, el plazo establecido por el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del viernes once al viernes veinticinco, ambos de marzo dos mil veintidós , descontándose los días doce, trece, diecinueve y veinte de marzo de dos mil veintidós por corresponder a sábados y domingos, así como el día veintiuno del mismo mes y año, de conformidad con el artículo 19 de la Ley de Amparo.
- Por lo tanto, si el escrito de recurso de revisión se presentó de forma electrónica el miércoles veintitrés de marzo de dos mil veintidós , se concluye que el recurso se interpuso de forma oportuna .
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