AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1148/2022
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1148/2022

Fecha: 28-Sep-2022

II. OPORTUNIDAD

  1. Tal como se advierte de la lectura de las constancias, la sentencia del Tribunal Colegiado fue notificada al IPAB de forma personal, por conducto del titular de su Dirección General Jurídica de lo Contencioso, José Gerardo Tavera Zacout, el quince de febrero de dos mil veintidós, notificación que surtió efectos al día hábil siguiente, es decir, miércoles dieciséis, por lo que, el plazo establecido por el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del jueves diecisiete de febrero al miércoles dos de marzo, ambos de dos mil veintidós , descontándose los días diecinueve, veinte, veintiséis y veintisiete de febrero de dos mil veintidós por corresponder a sábados y domingos, respectivamente, conforme a los artículos 19 de la Ley de Amparo y 143 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
  2. Por lo tanto, si el escrito de recurso de revisión se presentó de forma electrónica el viernes veinticinco de febrero de dos mil veintidós , se concluye que el recurso se interpuso de forma oportuna .