Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1419/2023
QUEJOSA Y RECURRENTE: **********
PONENTE: MINISTRO JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
SECRETARIA: ALEXANDRA VALOIS SALAZAR
COLABORÓ: EVELYN PAOLA RAMÍREZ GÓMEZ Y SAMANTHA RODRÍGUEZ SANTILLÁN
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: La víctima indirecta y quejosa, **********, interpuso recurso de revisión en contra de la interpretación realizada por el Tribunal Colegiado del Conocimiento a su solicitud de que se juzgara el homicidio de su hija ********** con perspectiva de género.
El Tribunal recurrido estimó que en el caso en concreto no se configuran elementos para que se le juzgara bajo esta metodología, ya que, de las características personales de **********, se desprende que ella no se encontraba en un estado de vulnerabilidad frente a **********. Lo anterior, con base en los artículos 1 y 4 constitucionales; los artículos 2, 5, 6, 7, 8 y 9 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará); los artículos 1, 2, apartados b, c y d, 3, 5, apartado a, y 16 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, así como la jurisprudencia emanada por esta Suprema Corte de Justicia de la Nación.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1419/2023
QUEJOSA Y RECURRENTE: **********
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: MINISTRO JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
COTEJÓ
SECRETARIA: ALEXANDRA VALOIS SALAZAR
COLABORÓ: EVELYN PAOLA RAMÍREZ GÓMEZ Y SAMANTHA RODRÍGUEZ SANTILLÁN
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al seis de diciembre de dos mil veintitrés, emite la siguiente:
