AMPARO DIRECTO 1481/98. IDILBERTO GONZÁLEZ GARCÍA.
Fecha: 07-Ene-1994
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
PRIMERO.-La Justicia de la Unión ampara y protege a Idilberto González García, en contra de la autoridad y por el acto precisados en el resultando primero de esta ejecutoria y para el efecto indicado en el último considerando de la misma.
SEGUNDO.-Con apoyo en el artículo 106 de la Ley de Amparo, requiérase a la responsable para que dé cumplimiento al amparo concedido y así lo informe a este tribunal.
Notifíquese; con testimonio de esta ejecutoria, devuélvanse los autos a la autoridad responsable, para su conocimiento; y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así, por unanimidad de votos de los Magistrados presidente Sergio Pallares y Lara, Horacio Cardoso Ugarte y Ricardo Rivas Pérez, lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, siendo relator el tercero de los nombrados.