CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 98/2021. MUNICIPIO DE TECATE, ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. 16 DE AGOSTO DE 2022. UNANIMIDAD DE DIEZ VOTOS DE LOS MINISTROS ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, YASMÍN ESQUIVEL MOSSA, LUIS MARÍ
Fecha: 27-Ene-2023
Iii Trámite Y Admisión
3. El Ministro presidente de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante proveído de seis de agosto de dos mil veintiuno, ordenó formar y registrar el expediente relativo bajo el número 98/2021 y turnarlo por conexidad al Ministro Alberto Pérez Dayán para que instruyera el procedimiento, por estar relacionado con la acción de inconstitucionalidad 119/2021 y su acumulada 128/2021; así como con las controversias 97/2021 y 99/2021, en las que se planteó la invalidez del mismo decreto.
4. Posteriormente, el Ministro instructor por acuerdo de dieciocho de agosto siguiente, admitió a trámite la demanda; reconoció el carácter de demandados a los Poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado de Baja California; requirió al Poder Legislativo para que al dar contestación a la controversia enviara copia certificada de los antecedentes legislativos del decreto impugnado, así como al Poder Ejecutivo para que remitiera un ejemplar o copia certificada del Periódico Oficial donde se publicó el referido decreto impugnado.
5. De igual forma ordenó dar vista a la Fiscalía General de la República y a la Consejería Jurídica del Gobierno Federal para que manifestaran lo que a su representación correspondiera.
- Resultando
- Iv Actos Cuya Invalidez Se Demandan
- Ii Preceptos Constitucionales Que Se Estiman Violados
- Iii Trámite Y Admisión
- Iv Contestación Del Poder Ejecutivo Del Estado
- V Contestación Del Poder Legislativo
- Vi Pedimento De La Fiscalía General De La República
- Vii Audiencia De Ofrecimiento Y Desahogo De Pruebas Y Alegatos
- Viii Cierre De Instrucción
- I Competencia
- A Continuación Se Analiza La Oportunidad En La Presentación De La Demanda
- Artículo El Plazo Para La Interposición De La Demanda Será
- Iii Legitimación Activa Y Pasiva
- Iv Sobreseimiento De La Controversia Constitucional
- Artículo El Sobreseimiento Procederá En Los Casos Siguientes
- Ese Criterio Quedó Plasmado En La Jurisprudencia De Rubro Y Texto Siguientes
- Segundopublíquese Esta Resolución En El Semanario Judicial De La Federación Y En Su Gaceta
- I Como Actor La Entidad Poder U Órgano Que Promueva La Controversia
- Artículo
- Foja A De La Controversia Constitucional
- Artículo Son Atribuciones Del Secretario General De Gobierno
- Artículo Corresponde Al Secretario El Ejercicio De Las Facultades Y Obligaciones Siguientes