IMPEDIMENTO 71/94. FRANCISCO N. CANTU ZARATE.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

IMPEDIMENTO 71/94. FRANCISCO N. CANTU ZARATE.

Fecha: 01-Ene-1917

Considerando

QUINTO.-Es infundada la causa de impedimento atribuida a los Magistrados Juan Miguel García Salazar, Ramiro Barajas Plasencia y Enrique Cerdán Lira, integrantes del Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, para seguir conociendo del juicio de amparo en revisión 19/94, del índice de dicho órgano, por lo siguiente:

Conforme al criterio sustentado por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la contradicción de tesis 104/91, entre las sustentadas por la Tercera y la Cuarta Sala de este Alto Tribunal, en sesión celebrada el nueve de agosto de mil novecientos noventa y dos, los casos en los que los ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de los Tribunales Colegiados de Circuito, los Jueces de Distrito y las autoridades que conozcan de los juicios de amparo conforme al artículo 37 de la Ley de Amparo están impedidos para conocer de los juicios en los que intervengan, se encuentran limitados a los que enumera el artículo 66 del propio ordenamiento legal.