INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA 71/2023
Fecha: 25-Oct-2023
III. DECISIÓN
Por todo lo expuesto y fundado, se resuelve:
PRIMERO. Se declara sin materia el incidente de inejecución de sentencia.
SEGUNDO. Se ordena devolver los autos del juicio de amparo indirecto 921/2020 al Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México.
TERCERO . Queda sin efectos el dictamen emitido por el Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en el incidente de inejecución de sentencia 3/2023 y las multas impuestas por el Juez de Distrito.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, al Juzgado de Distrito y al Tribunal Colegiado de Circuito que conocieron de este asunto; devuélvanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente de inejecución de sentencia como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa (ponente), Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Presidente Alberto Pérez Dayán.