RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN LAS FRACCIONES I A III DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO 14/2021
Fecha: 20-Abr-2022
RESUELVE:
PRIMERO. Es INFUNDADO el recurso de inconformidad.
SEGUNDO . Se REVOCA la resolución dictada en sesión de veintiuno de septiembre de dos mil veintiuno, por el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en el recurso de inconformidad 10/2020.
Notifíquese ; con testimonio de la presente resolución, devuélvanse los autos al Tribunal Colegiado de origen, y en su oportunidad archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf y Presidenta Yasmín Esquivel Mossa (ponente). Ausente el Ministro Javier Laynez Potisek.