III SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA
FACULTAD DE ATRACCIÓN 550/2022
IV
SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA
FACULTAD DE ATRACCIÓN 550/2022
**********, derivados del importe de ********** operaciones de venta por
parte de la actora, mismas que no fueron abonadas por la demandada
en la cuenta concentradora, a pesar de haber empleado las terminales
correspondientes.
5.
La parte demandada promovió amparo directo el diecinueve de
octubre de dos mil veintiuno. En los conceptos de violación fueron
impugnados, entre otras cuestiones, los acuerdos 12/2020 y 21/2020
del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.1 Mientras que el
veintisiete de octubre de ese mismo año, se formuló ampliación de la
demanda de amparo.
6.
El Presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y
Administrativa del Noveno Circuito dictó un acuerdo el doce de
noviembre de dos mil veintiuno, en el cual registró el asunto como
amparo directo civil 628/2021 y admitió la demanda, así como su
ampliación. A su vez, la parte actora del juicio natural promovió
amparo adhesivo, mismo que también fue admitido en acuerdo de
catorce de diciembre de ese mismo año.
1 El primero de dichos acuerdos regula la integración y trámite del expediente electrónico, mientras
que el segundo dispone la reanudación de plazos y el regreso escalonado en los órganos
jurisdiccionales ante la contingencia por el virus COVID-19.
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