REVISIÓN FISCAL 76/2008. ADMINISTRADOR LOCAL JURÍDICO DE XALAPA, EN REPRESENTACIÓN DEL SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, DEL JEFE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL JURÍDICA DE VERACRUZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

REVISIÓN FISCAL 76/2008. ADMINISTRADOR LOCAL JURÍDICO DE XALAPA, EN REPRESENTACIÓN DEL SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, DEL JEFE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL JURÍDICA DE VERACRUZ.

Fecha: 08-Sep-2006

Sentado Lo Anterior Debe Confirmarse La Sentencia Que Se Revisa

Por lo expuesto y fundado, y con apoyo en el artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se resuelve:

ÚNICO.-Se confirma la sentencia definitiva dictada el veintiséis de noviembre de dos mil siete por la Primera Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, con residencia en Xalapa, Veracruz, en el juicio de nulidad 1642/07-13-01-6, mediante la que declaró la nulidad lisa y llana tanto de la resolución contenida en el oficio 325-SAT-30-I-1-0639, emitida por el administrador local jurídico de Veracruz, el trece de marzo de dos mil siete, cuanto de la pronunciada el catorce de noviembre de dos mil seis por el jefe de departamento, en suplencia, por ausencia del administrador, y del subadministrador de la Aduana de Manzanillo, a que se contrae el oficio 326-SAT-A30-AL-29817.

Notifíquese; con testimonio de la presente resolución vuelvan los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente.

Así, por unanimidad de votos de los Magistrados Graciela Guadalupe Alejo Luna, Manuel Francisco Reynaud Carús y Eliel E. Fitta García, lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito. Fue ponente el último de los nombrados.