Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2024-ECA
Fecha: 17-Oct-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 13 del Código Procesal Constitucional, resuelve declarar: NO HA LUGAR a la solicitud de aclaración del ACP 0035/2024-O de 30 de abril, presentada por Claudia Geraldine Lara Román, por sí y en representación de la empresa Industrias Lara Bisch Sociedad Anónima.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
- Encabezado
- I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II. El Tribunal Constitucional Plurinacional, de oficio, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de la resolución, podrá aclarar, enmendar o complementarla en temas estrictamente formales, sin afectar el fondo del fallo emit
- POR TANTO