AUTO CONSTITUCIONAL 0192/2025-CA
Fecha: 28-Mar-2025
POR TANTO
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de lo dispuesto por el art. 26.II del Código Procesal Constitucional, resuelve tener: POR NO PRESENTADO el conflicto de competencias jurisdiccionales interpuesto por Pascual Calle Llusco, Jiliri Marka Mallku de la Marka “La Cumbre”, Suyu Quapaq Uma Suyu, Consejo de Comunidades y Ayllus Indígenas, Originarios, Distrito Rural 22, del municipio Nuestra Señora de La Paz.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
COMISIÓN DE ADMISIÓN
MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA PRESIDENTA
Boris Wilson Arias López MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADO MAGISTRADA
- Encabezado
- I. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE ADMISIÓN | II. (…) también podrá ser planteada por cualquier Autoridad de la Jurisdicción Ordinaria o Agroambiental cuando estime que una Autoridad Indígena Originaria Campesina, del lugar do
- I. La demanda será planteada por cualquier Autoridad Indígena Originaria Campesina, cuando estime que una Autoridad de la Jurisdicción Ordinaria o Agroambiental está ejerciendo jurisdicción en el ámbito de vigencia personal, territorial o mate
- POR TANTO