AUTO CONSTITUCIONAL 0267/2025-CA
Fecha: 06-May-2025
Encabezado
AUTO CONSTITUCIONAL 0267/2025-CA
Sucre, 6 de mayo de 2025
Expediente: 72771-2025-146-AIC
Acción de inconstitucionalidad concreta
Departamento: Cochabamba
En consulta la Resolución de la II Brigada Aérea 01/2025 de 22 de abril, cursante de fs. 3 a 5, pronunciada por el Comandante de la II Brigada Aérea, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Rodrigo Abel Mamani Kantuta, demandando la inconstitucionalidad del art. 89 inc. “c” -sin embargo, en su petitorio hace mención al inc. “e”- de la “Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la Nación” siendo lo correcto Ley de las Fuerzas Armadas -Ley 1405 de 30 de diciembre de 1992-, por ser presuntamente contraria a los arts. 46.I, 115, 116.I, 117.I, 118, 119, 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE), 23.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); y, 6.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC).