DECLARACIÓN
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2023
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2023

Fecha: 17-Oct-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursan credenciales, actas de posesión del Concejal Titular, fotocopias simples de las cédulas de identidad de los miembros del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de la Santísima Trinidad y Resolución Municipal 1333/2022 de 3 de mayo, del Concejo Municipal de la Santísima Trinidad respecto a la designación de la nueva directiva, siendo Lino Richar Mamani Airoja y Víctor Alfonso Quispe Fernández, Presidente y Secretario del referido Concejo (fs. 2 a 10).

II.2.    En el Sistema de Gestión Procesal de este Tribunal, consta la                       DCP 0023/2020 de 25 de noviembre, correlativa a la DCP 0006/2017 de 27 de enero, y DCP 0228/2015 de 16 de diciembre, mediante las cuales se declaró la compatibilidad del proyecto de norma institucional básica de la Entidad Territorial Autónoma (ETA) Municipal de la Santísima Trinidad.

II.3.    A través de Ley Municipal 432/2022 de 14 de junio, el Órgano Legislativo de la ETA de la Santísima Trinidad, aprobó la pregunta para referendo con el siguiente texto: “¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE TRINIDAD? SI – NO” (fs. 11 a 12).

II.4.    Mediante Decreto Constitucional de 10 de noviembre de 2022, se solicitó al Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de la Santísima Trinidad, remita a este Tribunal el Informe del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE), y Resolución del Tribunal Supremo Electoral (TSE), respecto a la pregunta de referendo que debió ser tramitada por el Órgano Deliberante en instancias de la referida entidad electoral.       Dicho decreto fue notificado al mencionado Presidente el 22 de noviembre del 2022, conforme se acredita en el formulario de notificación (fs. 37 y 40).