SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1158/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1158/2022-S1

Fecha: 11-Oct-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes, que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Conminatoria MTEPS-JDTP 082/21 de 17 de noviembre de 2021, mediante la cual el Jefe Departamental de Trabajo de Pando, conminó a la Alcaldesa del Gobierno Municipal de Cobija del departamento de Pando, a                    la reincorporación inmediata del trabajador Carlos Muñoz Piña, con                              C.I 1761908 PD en el plazo máximo de tres días hábiles, al puesto que ocupaba al momento del despido, así como la restitución de los salarios devengados desde el momento de su desvinculación hasta la fecha de su reincorporación y la restitución de los demás derechos socio laborales que le hayan sido restringidos. (fs. 2 a 4 vta.). Dicha Conminatoria fue notificada el 29 de noviembre de 2021 (fs. 11).

II.2.    Consta Carta de 29 de noviembre de 2021, a través de la cual, Carlos Muñoz Piña, solicitó a Ana Lucia Reis Melena, Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija del departamento de Pando, se le fije día y hora para su reincorporación o en su efecto se emita el memorándum de reincorporación              (fs. 5).

II.3.    Mediante Cite G.A.M.C./D.RR.HH. 1403/2021 de 6 de diciembre, emitida por Hugo Alberto Rodríguez, Jefe de la Unidad de Administración de Personal                     del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija del departamento de Pando, comunica a Carlos Muñoz Piña, que en cumplimiento a la Conminatoria                 MTEPS-JDTP 082/21 e informe GAMC/DJ/237/2021 debe reincorporarse a su fuente de trabajo, en el transcurso del día y ponerse a disposición de su inmediato superior (fs. 28).

II.4.    Cursa  Cite G.A.M.C./D.RR.HH. 1404/2021 de 9 de diciembre, emitida por Hugo Alberto Rodríguez Añez, Jefe de la Unidad de Administración de Personal del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, dirigido a Mateo Cussi Chapi, Asesor Jurídico de la misma entidad municipal, mediante la cual señala que existe elaborado el Cite G.A.MC./D.RR.HH. 1403, sobre reincorporación dirigido a Carlos Muñoz Piña, y que el referido Cite se encuentra en esa Dirección ya que el nombrado no se apersonó en ningún momento por dicha dependencia y se desconoce la dirección de su domicilio.