SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1180/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1180/2022-S1

Fecha: 11-Oct-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes, que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Consta Certificado de nacimiento en el que se constata que AA tiene como progenitora a Bella Jacinta Ugarteche Salce y cuya fecha de nacimiento es               16 de mayo de 2012 (fs. 3); asimismo cursa el carnet de discapacidad del nombrado, describiendo la existencia de discapacidad intelectual en un porcentaje de 54 % (fs. 4).

II.2.    Cursa Conminatoria de Reincorporación Laboral por Estabilidad Laboral  JDTSC/JCCHS/CONM. 135/2021 de 2 de septiembre, dirigido a la COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO “VILLA 1° DE MAYO” R.L., a través del cual el Jefe Departamental de Trabajo, del Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, Santa Cruz, conminó a la mencionada cooperativa a la reincorporación inmediata de Bella Jacinta Ugarteche Salce con cédula de identidad 4578293-SC “a su fuente laboral reponiendo los sueldos devengados desde el despido injustificado en aplicación al D.S. N° 0495 manteniendo la antigüedad y demás derechos que corresponden por ley” (sic), sea de forma inmediata a partir de su legal notificación (fs. 7 a 8 vta.).

II3.     Mediante Informe Memorándum JDTSC/I/VER.REINC./LAB. 137/2021 de 21 de septiembre, Erick Yadir Morales Almanza, Inspector de Trabajo de Santa  Cruz, hizo conocer a Julio Cesar Choque Saramani, Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz, que la COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO “VILLA 1° DE MAYO” R.L, no ha dado cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación Laboral por Estabilidad Laboral  JDTSC/JCCHS/CONM. 135/2021 (fs. 10).