SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1353/2022-S2
Fecha: 04-Oct-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa acta de suspensión de audiencia de apelación incidental de 23 de noviembre de 2021, celebrada ante la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, a objeto de resolver la impugnación formulada el 11 de agosto del citado año por el Fiscal de Materia contra el Auto Interlocutorio de igual fecha; por el cual, el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Trinidad del departamento del indicado departamento, homologó la Resolución Administrativa de amnistía concedida a favor Herlan Suárez Ferreira -accionante- dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público al aludido por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, declarando la extinción de la acción penal; señalándose un cuarto intermedio, en virtud a la solicitud de resolución previa del memorial desplegado el 19 de noviembre del indicado año, por el impetrante de tutela pidiendo que la referida impugnación fuese resuelta por el Pleno de la citada Sala, de conformidad a lo estatuido en los arts. 53 y 58 de LOJ, modificada por la Ley 1173 (fs. 6 a 10).
II.2. Por Auto de 24 de noviembre de 2021, Haider Echalar Justiniano, Vocal de Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni -ahora demandado-, determinó asumir individualmente el conocimiento del recurso de apelación incidental deducido por el Ministerio Público, enmarcado en las competencias reconocidas por los arts. 396.3, 398, 403.6 y 11; y, 404 en su párrafo primero del CPP (fs. 11 a 15).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Como se manifestó, una de las finalidades de contar con una resolución motivada y fundamentada, es conseguir el convencimiento de las partes de que una determinada resolución es fruto de la razonabilidad y congruencia, y no de la arbitrariedad del em