SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1448/2022-S4
Fecha: 07-Nov-2022
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memoriales presentados el 22 de diciembre de 2021, cursante de fs. 24 a 34, y de subsanado el 29 de igual mes y año (fs. 38 a 39), el accionante manifestó los siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Refirió que, como trabajador de la empresa P.A.T. Ltda. lo único que buscaba, era el cumplimiento de la Conminatoria Respeto al Fuero Sindical JDTSC/JCCHS/CONM 189/2021 de 7 de diciembre, remarcando que, la empresa precitada no estaba de acuerdo con la Resolución que lo reconoció como parte del Sindicato de trabajadores de P.A.T. Ltda.; señalando asimismo que, la disposición emanada de la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, fue incumplida; toda vez que, por informe de Delma Atahuichi Calani, Inspectora del Trabajo, se evidenció dicha inobservancia.
Arguyó que, como trabajador goza de estabilidad laboral reforzada; ya que, además de gozar de fuero sindical, es padre de cuatro menores de edad, de los cuales, AA, es quien tiene discapacidad motora; motivo por el que, requiere atención médica y cuidados especiales.
Añadió que, desde el mes de mayo de 2020, la empresa P.A.T. Ltda., no le canceló sus sueldos, adeudándole a la fecha de presentación de esta acción tutelar siete salarios devengados, habiendo transcurrido veintidós días de incumplimiento de la indicada Conminatoria.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El impetrante de tutela, denunció legó la lesión de sus derechos al trabajo, a una remuneración justa y sin discriminación, a la alimentación y a la vida, a la estabilidad laboral y seguridad social, citando al efecto los arts. 13. I. 14, 46, 48, 49, 51, 109, 115. I; y, 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se disponga: a) El cumplimiento de la Conminatoria de “Respeto” al Fuero Sindical JDTSC/JCCHS/CONM 189/2021 de 7 de diciembre, b) La habilitación del seguro de salud; y, c) Se condene en costas y costos a la parte accionada.
I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
Celebrada la audiencia virtual el 4 de enero de 2022, conforme consta en el acta cursante de fs. 101 a 107; presentes el accionante asistido por su abogado y la parte demandada por medio de su representante legal, se produjeron los siguientes actuados:
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El impetrante de tutela, a través de su abogado en audiencia, se ratificó el contenido íntegro de la demanda de acción de amparo constitucional, y ampliándola manifestó que: 1) Se dé estricto cumplimiento a la Conminatoria Respeto al Fuero Sindical JDTSC/JCCHS/CONM 189/2021, la cual, fue incumplida por la parte demandada, quien de manera sistemática, vulneró los derechos del trabajador –hoy solicitante de tutela–, 2) No es la primera vez que el accionante recurrió a la justicia Constitucional, habiendo interpuesto una anterior acción de defensa; empero, por salarios devengados; y, 3) La empresa demandada, no tiene la intención de cumplir con lo dispuesto por la Jefatura Departamental del Trabajo de Santa Cruz, aspecto que no puede permitirse en un Estado de Derecho, ya que, además de gozar el ahora impetrante de tutela con fuero sindical, es progenitor de un menor con discapacidad; por lo que, es deber del Estado tutelar brindar las garantías necesarias.
I.2.2. Informe de la parte demandada
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- Rodrigo Alfonso Palazuelos Gutiérrez, representante legal de la Empresa P.A.T. Ltda., mediante informe escrito presentado el 3 de enero de 2022, cursante de fs. 91 a 100, manifestó lo siguiente: i) El solicitante de tutela, fue desvinculado de manera