SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1484/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1484/2022-S2

Fecha: 16-Nov-2022

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2021, cursante de fs. 79 a 94, el accionante a través de su representante expresó que:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

La FBF estaba siendo víctima de personas que buscaban menoscabar su institucionalidad haciendo prevalecer sus intereses propios, sin tomar en cuenta que existían dirigentes como su persona que se encontraban preocupados por ese tipo de actos que desprestigian a la institución.

El Comité Ejecutivo de la FBF el 8 de septiembre de 2020, emitió convocatoria a congreso extraordinario, amparados en el art. 28.1 y 3 del Estatuto de la FBF, donde uno de los puntos a tratar en el orden del día fue la consideración a elección de presidente de la FBF; efectuaron la convocatoria electoral, aclarando que los candidatos al cargo de Presidente ejercerán el mandato hasta el 30 de septiembre de 2022, con base en el Estatuto de la FBF, aprobado por el Congreso Extraordinario realizado en Cochabamba el 29 de mayo de 2017; en consecuencia se convocó a elecciones, mediante voto libre, secreto y directo.

La Comisión Electoral de la FBF, emitió la Resolución 02/2020, cuya parte resolutiva señaló: “Que después de realizado el análisis correspondiente a los requisitos de Elegibilidad establecidos en el estatuto y la convocatoria para el cargo vacante de Presidente de la F.B.F., la Comisión Electoral determina que: el señor: Ing. Ángel Fernando Costas Sarmiento: QUEDA HABILITADO para el congreso electivo de fecha 14 de noviembre de 2020, al cargo vacante de presidente de la Federación Boliviana de Futbol…” (sic), es así que el 14 de septiembre de 2020, el mencionado fue elegido presidente de la FBF, para que cumpla sus funciones hasta el 30 de septiembre de 2022.

Mediante Circular FBF/0114/2021 de 16 de agosto, el Comité Ejecutivo de la FBF, convocó a Congreso Ordinario para el 15 y 16 de octubre de similar año; empero, la Asociación de Futbol Cochabamba mediante Nota 209/2021 de 28 de septiembre, solicitó la postergación del mismo que fue aceptado y reprogramado para el 15 y 16 de noviembre; lo anterior permitió concluir que Ángel Fernando Costa Sarmiento actual Presidente de la FBF, busca manejar a su antojo la institución haciendo uso y abuso de ese ente matriz del futbol Boliviano como si fuera su empresa, notificó a un Congreso Ordinario con una repartición desigual a los clubes, asociaciones que integran la FBF, pretendiendo adelantar las elecciones incumpliendo de esta manera la normativa deportiva, con ello reelegir a dirigentes y estos vendan los derechos televisivos y con el rédito proceder a un reparto desigual y otorgar más valores a quienes lo apoyen, acciones que van en desmedro del Futbol Boliviano; por otro lado, los miembros del Congreso favorecieron esa ilegal decisión, es así que mediante notas de 18 de octubre de 2021, el Club Palmaflor propuso modificar el art. 110 del Estatuto de la FBF, asimismo la Asociación Beniana igualmente planteó modificaciones al referido conjunto normativo.

El 29 de noviembre de 2021, la Comisión Electoral de la FBF emitió la Resolución C.E. 60/2021, convocando a elecciones de Presidente Vicepresidente y Comité Ejecutivo, otorgando un plazo de postulación hasta el 9 de diciembre de igual año, a la cual se presentaron Ángel Fernando Costa Sarmiento y Hormando Vaca Diez Jiménez; el 13 de diciembre de igual año, la Comisión Electoral emitió la Resolución C.E. 61/2021, por la cual “INHABILITAN” la plancha de Hormando Vaca Diez Jiménez, favoreciendo de esta manera la postulación de un candidato y acortando el mandato de otros dirigentes que debieron cumplir funciones hasta el 30 de septiembre de 2022.