SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1525/2022-S2
Fecha: 28-Nov-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 16 de 27 de octubre de 2021, cursante de fs. 15 vta. a 17, pronunciada por los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, en cuanto al principio de celeridad directamente vinculado a la libertad del accionante, disponiendo que la autoridad demandada dentro de las veinticuatro horas de notificada con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, señale día y hora de audiencia, para que en el ejercicio del control jurisdiccional que ejerce, resuelva lo que en derecho corresponde; salvo que por el transcurso del tiempo la misma ya se hubiera efectuado; y,
CORRESPONDE A LA SCP 1525/2022-S2 (viene de la pág. 10).
2° DENEGAR la tutela, respecto al derecho a la defensa.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO