SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1561/2022-S4
Fecha: 28-Nov-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 18/21 de 19 de agosto de 2021, cursante de fs. 15 vta., a 18, emitida por El Juez de Sentencia Penal Cuarto del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia,
1° CONCEDER la tutela solicitada, en el marco del análisis contenido en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional ante la evidente vulneración del derecho a la libertad y al debido proceso, disponiendo que el Juez Público Mixto Civil y Comercial, Familia y Sentencia Penal Primero de Warnes del departamento de Santa Cruz, conozca y resuelva las solicitudes de cesación a la detención preventiva en un solo acto procesal con base en el principio de concentración, en los plazos establecidos en el art. 239 del Código de Procedimiento Penal, a partir de la notificación con el presente fallo constitucional; y,
2° DENEGAR la tutela impetrada, con relación a la vulneración de la garantía a la presunción de inocencia, el derecho a la dignidad y a la petición.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
René Yván Espada Navía
- Encabezado
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I. Las audiencias se realizarán bajo los principios de oralidad, inmediación, continuidad y contradicción. Excepcionalmente, podrá darse lectura de elementos de convicción en la parte pertinente, vinculados al acto procesal.
- II. Las audiencias se realizarán con la presencia ininterrumpida de las partes, salvo las excepciones establecidas en este Código.
- POR TANTO
- MAGISTRADO