SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1304/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1304/2022-S1

Fecha: 11-Nov-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante Auto Interlocutorio Definitivo 017/2021 de 30 de marzo, emitido dentro del proceso de desalojo por avasallamiento seguido por la Dirección Departamental del INRA-Oruro contra Fortunato Salvador Condori y otros, el Juez Agroambiental del departamento de Oruro, anuló obrados sin reposición hasta el auto de admisión de la demanda y por consiguiente rechazó la demanda de desalojo por avasallamiento, en atención a que las partes en conflicto y terceros interesados han acreditado su derecho propietario sobre el sector denominado “Cochiraya”; por lo que, la demanda de desalojo no es la vía para definir el mejor derecho propietario, tonándose en improponible (fs. 327 a 336 vta.).

II.2.    Contra el Auto señalado, la Dirección Departamental del INRA de Oruro interpuso recurso de casación el 9 de abril de 2021 (fs. 367 a 370 vta.)

II.3.    Por memorial presentado el 22 de abril de 2021, la ahora accionante Verónica Quispe Cruz, contestó al recurso de casación (fs. 464 a 466 vta.).

II.4.    Mediante Auto Agroambiental Plurinacional S1a 52/2021 de 22 de junio, los Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental -autoridades demandadas-, resolvieron anular obrados hasta fs. 304 inclusive, debiendo la autoridad de instancia para mejor resolver, recabar más elementos de prueba, conforme los aspectos observados en la presente resolución, para luego efectuar una apreciación en conjunto, tomando en cuenta la individualidad de cada una de las pruebas producidas, con sujeción a la sana crítica y en función al art. 145 del Código Procesal Civil (CPC) -Ley 439 de   19 de noviembre de 2013-, de aplicación supletoria prevista por el art. 78 de la Ley 1715 (fs. 485 a 491 vta.).