SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1576/2022-S3
Fecha: 02-Dic-2022
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante sin mandato denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en su elemento al juez natural “…en su modalidad JUEZ IMPARCIAL…” (sic), vinculado con su derecho a la libertad; puesto que, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Efraín Vargas Medina y Marianela Ivón Vargas contra su persona, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, el Juez ahora accionado le impuso la medida cautelar de detención preventiva de manera parcializada; ya que no se excusó del conocimiento de esa causa pese a que cuando ejerció la profesión libre actuó como abogado de Paola América Zeballos Mamani, abogada de las víctimas.
En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los hechos demandados son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La SCP 0996/2022-S3 de 5 de agosto, citando a la SCP 1424/2016-S3 de 6 de diciembre, señaló que: «…la SC 0008/2010-R de 6 de abril, estableció que: “‘I. El recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, es el medio idóneo y eficaz para conocer y