SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1493/2022-S1
Fecha: 07-Dic-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia lo siguiente:
II.1. Por Auto Interlocutorio de 22 de septiembre de 2021, el Juez de Anticorrupción y Contra la Violencia hacia las Mujeres Primero de la Capital del departamento de Cochabamba, rechazó el incidente de nulidad de imputación por defectos absolutos, interpuesto por Aníbal Ariel Chinchilla Vargas -ahora accionante-, dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de legitimación de ganancias ilícitas (fs. 38 a 42 vta.).
II.2. Cursa Auto de Vista 193/2021-RAI de 23 de noviembre, emitido por Jesús Víctor Gonzales Milán y María Giovanna Pizo Guzmán, Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -ahora demandados-, mediante el cual declararon improcedente la apelación incidental interpuesta por el accionante contra el Auto Interlocutorio de 22 de septiembre de 2021, que rechazó el incidente de nulidad de imputación interpuesto por el peticionante de tutela (fs. 46 a 48).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: i) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; ii) Con motivación arbi