SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2022-S2
Fecha: 13-Abr-2022
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memoriales presentados el 10 y 18 de diciembre de 2020, cursantes de fs. 8 a 20; y, 59 a 63 vta., los accionantes expresaron lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 20 de junio de 2004 el padre de Robín Herrera Durán (Ángel Herrera Aguilera), vendió la propiedad denominada “Monte Alto” en favor de Licimaco Ramírez Serna, empero en ese momento el vendedor tenía iniciado el proceso de saneamiento, comprometiéndose a entregar el título ejecutorial una vez que éste le fuera otorgado por el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA). El 2007, el vendedor indicó que el referido título ejecutorial había llegado y que debía recogerlo cancelando la suma de $us605.- (seiscientos cinco dólares estadounidenses), dinero que Licimaco Ramírez Serna le “envió” a Ángel Herrera Aguilera quien recogió el mismo, no obstante por motivos personales el comprador tuvo que ausentarse del país, enterándose a su retorno que el vendedor falleció.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- Asimismo, en agosto de 2021, Robín Herrera Durán se declaró heredero en la localidad de Portachuelo del departamento de Santa Cruz,, y en el entendido que la sucesión solo comprende los derechos y obligaciones transmisibles que se extinguen con la mu