SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2022-S1
Fecha: 29-Abr-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se puede establecer lo siguiente:
II.1. Consta fotocopia simple de oficio de 29 de enero de 2021, mediante el cual Wilder Auca Condori, Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Segundo de Huanuni del departamento de Oruro, remite a la Sala Penal de Turno del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro el testimonio por apelación incidental, dentro del proceso seguido por el Ministerio Público contra Isacc Yapura Mamani y otros, por la presunta comisión del delito de hurto de minerales y otros, en cumplimiento al Auto Interlocutorio 05/2021 de 16 de enero, recepcionado por la Unidad de Plataforma de Atención al Público e informaciones del referido Tribunal el 1 de febrero de 2021 a las 15:13 (fs.19).
II.2. En consideración de la presente acción de libertad el accionante mediante su defensa técnica manifestó que:
“…hubiese traído presuntamente el 01 de febrero de 2021 esta apelación, por ese motivo bajo el principio de informalismo entiendo que tenemos la posibilidad de modificar esta Acción de Libertad (…) por una acción de libertad innovativa, en la medida que si bien ya ceso el objeto de esta acción pero la de carácter innovativa persigue evitar que estas acciones se vuelvan su suscitar en fututos trámites…” (sic [fs.26]).