SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2022-S1

Fecha: 13-May-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de la documentación adjunta al expediente, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante certificado de asentamiento de 16 de agosto de 2000, a través del cual, Yerco Núñez Negrete, Alcalde del Gobierno Municipal de Rurrenabaque, señaló que Roberto Ortiz Mollinedo y Lina Quenevo Mamani -ahora accionantes- permanecen y radican en dicho municipio desde el año 1964 en un área aproximada de 6 ha cultivable con cítricos, platanales, cultivos anuales, perennes, área de conservación y amortiguamiento, dicha propiedad agrícola se someterá al SANEAMIENTO del INRA, de acuerdo a disposiciones vigentes; asimismo, indicó que el área se encuentra ubicada en la jurisdicción del Municipio de Rurrenabaque, próxima a la comunidad Originaria "Villa Lourdes", sobre el camino antiguo a Puerto Motor. (fs. 50).

II.2.    Cursa copia de Declaración Voluntaria Notariada de 28 de octubre de 2009, por el cual Eufemia Yapari Cartagena con domicilio en Rurrenabaque, de forma voluntaria, declaró que Roberto Ortiz Mollinedo y Lina Quenevo Mamani, viven en el lote urbano de la urbanización sin nombre entre la urbanización 25 de diciembre el Aeropuerto y el ex brazo del Rio Beni de la ciudad de Rurrenabaque desde 1964 en quieta y pacifica posesión (fs.53).

II.3.    Por la Certificación de 9 de noviembre de 2009, el Presidente de la Organización Territorial de Base (OTB) Villa Lourdes, Distrito 3 del Municipio de Rurrenabaque, a petición de verbal, certifica que Roberto Ortiz Mollinedo y Lina Quenevo Mamani, son vecinos y viven desde 1966 hasta la fecha, siendo personas responsables activas y tienen buena relación con todos los vecinos de la zona (fs.51).

II.4.    Consta Certificado de 13 de noviembre de 2011, emitida por el Jefe de la Unidad de Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente y Cambio Climático de la Alcaldía Municipal de Rurrenabaque, a través de la cual señala que Roberto Ortiz Mollinedo es propietario del "fundo", predio denominado "NN" en un área aproximada de 6 ha, con diferentes cultivos anuales y perennes en área de conservación, propiedad que se encuentra dentro del municipio en proximidades del área urbana Villa Lourdes (fs.52).

II.5.    A través de la certificación de 25 de marzo de 2015, emitida por Julio Cesar Cavinas Duran, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Rurrenabaque, señaló que los márgenes del aeropuerto de Rurrenabaque en los que se encuentra la parte trasera e inmediaciones del Rio Beni, se encuentran inscrita en derechos reales a nombre del Municipio (fs. 170).

II.6.    Cursa acta de conformidad de linderos entre la urbanización Barrio Nuevo Flor de Primavera y el predio de Roberto Ortiz Mollinedo y Lina Quenevo Mamani, en presencia de la Unidad de Catastro del Gobierno Autónomo Municipal de Rurrenabaque, donde los hoy accionantes indicaron ser propietarios legítimos de un predio ubicado en la zona norte del municipio sobre la avenida con una superficie de "8.6 Ha" (fs. 55 a 56).

II.7.    De acuerdo al Formulario Único de Denuncia de "O7 de diciembre del presente año" (sic), Maribel Ortiz Quenevo interpuso denuncia contra Mauricio Vázquez por incitar a personas inescrupulosas a ingresar a su propiedad ubicada en la Urbanización Flor de Primavera, perteneciente a sus padres Roberto Ortiz Mollinedo y Lina Quenevo Mamani, señalando como fecha del hecho "07/01/2021" (fs. 45).

II.8.    Consta acta de denuncia verbal de 7 de enero de 2021, en cuya relación de hechos señala que Mauricio Vázquez incitaba que entren a mi terreno y ahora resulta que hoy salió de su cuarto y se llevó la sorpresa que un montón de personas entre varones y mujeres que portaban machetes, se encontraban por los alrededores de su inmueble, señalando que quieren ingresar y que son 23 personas y querían hablar para que se les dé un terrenito para su casita, porque el terreno no sería mío y no tiene papeles, oportunidad en la que les dijo que el día lunes mostró que tenía un asentamiento de Catastro y también un acuerdo con la Urbanización Flor de Primavera y que ya cedió su propiedad para el área verde en una extensión de 2,5 ha; a pesar de ello, ingresaron derribando las plantaciones y faltando el respeto a sus padres de la tercera edad (fs. 47 a 48).

II.9.    Cursa copia de Acta de Registro de Lugar del Hecho de 17 de enero de 2021, a través de la cual el investigador asignado al caso dentro del proceso penal seguido por él Ministerio Público contra Mauricio Vásquez y otros, por la supuesta comisión del delito de avasallamiento, constató que en el lugar de los hechos se observó personas de sexo masculino y femenino a pesar de la existencia de un alambrado, cortando árboles y haciendo chaqueos, en un número aproximado de 50 personas (fs.57 a 58).

II.10.  Cursa acta notarial de verificación de actividad agrícola ganadera y en especial clases de árboles y vivienda de 5 de febrero de 2021, solicitada por Roberto Ortiz Mollinedo donde se adjunta un muestrario fotográfico de la referida actividad (fs. 13 a 44).