SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2022-S4
Fecha: 11-May-2022
II.CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/JCCHS/CONM. 031/2021 de 2 de marzo emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz en favor de Luis Alberto Flores Negrete y Giovanni Alvis Moreno, –ahora accionantes– conminando la reincorporación inmediata de los mismos a su fuente laboral a la RED P.A.T. Ltda., en el mismo puesto que ocupaban, reponiendo los sueldos devengados desde el despido injustificado, manteniendo su antigüedad y demás derechos que corresponden por ley, de forma inmediata a partir de su legal notificación (fs. 10 a 13).
II.2. Por Memorándum de 29 de marzo de 2021, Julio César Choquen Saramani, Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz, instruyó al Inspector de dicha instancia administrativa laboral, la verificación de la reincorporación laboral por inamovilidad laboral de los accionantes (fs. 16).
II.3. Consta Informe JDTSC/I/VER.REINC./LAB. 049/2021 de 30 de marzo, por el cual, Erick Yadir Morales Almanza, Inspector de dicha jefatura, Empleo y Previsión Social, menciono en sus conclusiones que la empresa P.A.T. Ltda. no dio cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/JCCHS/CONM. 031/2021 (fs. 15).