SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2022-S1
Fecha: 26-May-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursan certificados de permanencia y conducta de 26 de mayo y 3 de septiembre de 2020, emitidos por el Encargado de la División de Filiación de la Dirección del Centro Penitenciario Palmasola de Santa Cruz recinto varones que informa sobre el tiempo de duración de permanencia de Kevin Eduardo Sanabria Vallejos -ahora accionante- que data desde el 28 de agosto de 2019 -ocho meses con veintiocho días y luego de un año y seis días- sin registro de sanción disciplinaria (fs. 34 a 35).
II.2. Consta formulario de referencia del Hospital Municipal Francés de 13 de octubre de 2020, indicando que Kevin Eduardo Sanabria Vallejos tiene como diagnóstico presuntivo diabetes mellitus tipo dos (fs. 25); asimismo, mediante certificado médico de 19 del mismo mes y año, señalan que fue atendido el 9 de similar mes y año, en emergencias con el antecedente de dicha enfermedad que indicó tratamiento farmacológico de control y seguimiento por la especialidad de endocrinología (fs. 33).
II.3. Por Auto de Vista 18 de 28 de enero de 2021, Julio Nelson Alba Flores, Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -ahora demandado- declaró admisible y procedente en parte la apelación interpuesta por Kevin Eduardo Sanabria Vallejos, en consecuencia revocó en parte el Auto Interlocutorio de 3 de diciembre de 2020, emitido por el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Montero del citado departamento, enervando el riesgo procesal previsto en el art. 235.2 del CPP quedando vigente el riesgo procesal del art. 234.2 de la misma norma adjetiva penal (fs. 7 a 11).