SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2022-S2
Fecha: 18-May-2022
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos a la libertad de circulación, a la dignidad y a la libertad personal; toda vez que, Juan Pablo Gutiérrez Condori, Fiscal de Materia, lo citó para que preste su declaración informativa, habiéndose presentado en el lugar y día señalados -29 de enero de 2021, en dependencias del Ministerio Público, zona central- estuvo más de ocho horas continuas esperando brindar su declaración informativa, ya que hasta horas 17:50 la misma no fue recibida, tampoco tuvo respuesta de parte del Fiscal asignado al caso ni de los funcionarios policiales; en tal circunstancia, estuvo indebidamente detenido y privado de su libertad.
En revisión, corresponde verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
III.1. Subsidiaridad excepcional de la acción de libertad, jurisprudencia reiterada
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la subsidiaridad de la acción de libertad, la SC 0008/2010-R de 6 de abril, que moduló la SC 0160/2005-R de 23 de febrero, establece que: “I. El recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, es el medio idóneo y eficaz para conocer y