SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2022-S2
Fecha: 18-May-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 009/2021 de 10 de enero, cursante a fs. 14 y vta., dictada por la Jueza de Instrucción Penal Tercera de El Alto del departamento de La Paz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada, debido a que, Juan Domingo Arroyo Morales, Juez Público de Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Copacabana del departamento de La Paz -autoridad demandada- al no realizar ninguna acción oportuna para remitir el legajo del recurso de apelación incidental de las medidas cautelares ante el Tribunal de alzada provocó una dilación indebida, concesión que se realiza en los mismos términos que la Jueza de garantías;
2° DENEGAR la tutela impetrada, respecto a los derechos al debido proceso y a la “seguridad jurídica”; y,
3° Disponer la remisión del recurso de apelación incidental del Auto Interlocutorio 01/2021 de 4 de enero, en el plazo de veinticuatro horas al Tribunal de alzada.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA