SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2022-S1
Fecha: 05-May-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia lo siguiente:
II.1. Cursa Conminatoria MTEPS-JDT CO-0135/20 de 21 de diciembre de 2020, emitida por Escarlen Marvic Vargas, Jefa Departamental de Trabajo de Cochabamba a.i., conminando a la Terminal de Buses Cochabamba S.A. -empresa demandada- proceda a la reincorporación laboral de Richard Carrión Ancasi con C.I. 6492691 Cbba y Diógenes Wielbert Bustamante Camacho con C.I. 4512472 Cbba -ahora accionantes-, en el último cargo que venían desempeñando sus funciones, así como la cancelación de los salarios devengados y demás derechos laborales que les correspondan hasta el día de su reincorporación efectiva, otorgando el plazo de tres días hábiles improrrogables (fs. 15 a 17).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- II.2. Consta Informe 0193-INF/21 de 8 de febrero de 2021, emitido por Rodrigo Oswaldo Patzi Rojas, Inspector de Trabajo Cochabamba, señalando que en base a la verificación realizada in situ, se tiene que la Terminal de Buses Cochabamba SA, no dio cu