SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
0244/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2022-S2

Fecha: 03-May-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa Nota Our Ref: RH-2020.018 de 23 de julio de 2020, firmada por Juan Pablo Reque Zambrana, representante de la empresa EPIROC BOLIVIA S.A. EQUIPOS Y SERVICIOS, dirigida a Hans Delmar Ayala Gutiérrez -hoy accionante- con referencia “…CARTA DE DESPIDO ORIGINADO EN FUERZA MAYOR” (sic), entregada mediante Notario de Fe Pública el 24 de ese mes y año (fs. 18 a 19).

II.2.  Se tiene Conminatoria J.D.T.L.P. /D.S. 0495/ 103/2020 de 14 de septiembre, dispuesta por el entonces Jefe Departamental de Trabajo     La Paz, cuya parte decisiva: “…CONMINA A LA REICORPORACIÓN INMEDIATA POR ESTABILIDAD LABORAL del Sr. HANS DELMAR AYALA GUTIERREZ con C.I. 5777776 Or., a su fuente laboral en la empresa EPIROC BOLIVIA S.A. EQUIPOS Y SERVICIOS, al mismo puesto que ocupaba al momento de la desvinculación, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales” (sic [fs. 136 a 143]).

II.3.  Consta certificado de matrimonio del accionante con Paola Verónica Barrera Mamani, así como carnet perinatal y certificado emitido por la Unidad de Imagenología ultrasonografía obstétrica gemelar de 20 de enero de 2021, adjuntando fotografías de radiografías de dos fetos, embarazo gemelar monocorial biamniótico de veinticuatro (24) semanas por ecografía, firmado por la “DRA. KARLA EID R.” (sic [fs. 236 a 239]).