SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2022-S2
Fecha: 03-May-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Conminatoria J.D.T.L.P./D.S./495/ 073/2020 de 20 de julio, el Jefe Departamental de Trabajo La Paz, dispuso la inmediata reincorporación de Jhony Martín Cuevas Pequez, Javier Elmer Quisbert Aruquipa, Rolando Pablo Nuñez Quiroz, Mónica Heydi Tiñini Quispe, Gustavo José Lima Jaldín, Zulma Roxana Mamani Choque, Neida Clemencia Gutiérrez Alvarado, Kelly Daniela Maldonado Vargas, Serapio Flores de la Cruz y Asunta Mamani Canillagua -accionantes-, a su fuente laboral en la empresa CRILLON TOURS S.A. -demandada-, al mismo puesto que ocupaban al momento de su despido más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales; determinación administrativa notificada el 24 del citado mes y año, a Wilfredo Surco Villca, representante de la mencionada empresa (fs. 337 a 344).
II.2. Mediante Resolución Administrativa (RA) 175-20 de 27 de agosto de 2020, el aludido Jefe Departamental, resolvió el recurso de revocatoria interpuesto por el representante de la empresa demandada, disponiendo confirmar la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S./495/ 073/2020; decisión notificada el 3 de septiembre del referido año, a los sujetos procesales (fs. 363 a 381).
II.3. A través del Auto JDTLP-DASC - 081/2020 de 1 de septiembre, el mencionado Jefe Departamental de Trabajo, respecto a la solicitud de aclaración y complementación presentada por la empresa demandada, determinó la procedencia de los puntos 1, 2, 5, y 7; y, la improcedencia de los puntos 3, 4, 6, 7, 8 y 9, pues no presentaría contradicción ni ambigüedad. Acto procesal notificado el 18 de igual mes y año a dicha empresa (fs. 387 a 391).
II.4. Por memorial presentado el 2 de octubre de 2020, ante la Jefatura Departamental de Trabajo La Paz, la empresa demandada formuló recurso jerárquico contra la RA 175-20, solicitando se revoque la misma, dejando sin efecto la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S./495/ 073/2020 (fs. 429 a 442 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La SCP 1712/2013 de 10 de octubre, estableció que: “Por todo lo relatado, corresponde precisar que ante la negativa por parte del empleador de dar cumplimiento de la conminatoria de reincorporación emitida por la Jefatura del Trabajo abre inmediatame