SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2022-S4
Fecha: 03-May-2022
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 19 de enero de 2021, cursante de fs. 1 y 18 a 19 vta., los accionantes por medio de su representante sin mandato, manifestaron lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal, seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, se dictó el Auto Interlocutorio 254/2020 de 24 de diciembre, de medidas cautelares; mismo que impugnaron, recayendo tal recurso en conocimiento de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; en virtud de lo cual, por memorial presentado el 6 de enero de 2021, se apersonaron ante dicho Tribunal de alzada, a objeto de que se les notifique con fecha y hora de audiencia; no obstante, el 11 del mes y año citados, se enteraron que el verificativo referido ya hubiese sido celebrado, pronunciándose el Auto de Vista 029/2021 de 8 del mes aludido, sin nunca haber sido notificados pese al seguimiento efectuado, verificándose que ni los dos imputados con detención preventiva tampoco la sindicada con detención domiciliaria, fueron notificados con la merituada audiencia.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Los impetrantes de tutela a través de su representante sin mandato denunciaron la lesión de los principios de “indefensión”, a la libertad, “de tener conocimiento” y el debido proceso; así como, el derecho a la impugnación; sin citar la norma constitucional que lo contenga.
I.1.3. Petitorio
Solicitaron se les conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se realice un nuevo sorteo de Sala y se remita antecedentes ante el Consejo de la Magistratura por incumplimiento de deberes.
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Celebrada la audiencia pública virtual el 20 de enero de 2021, según consta en el acta cursante de fs. 35 a 36, presente el representante sin mandato de los solicitantes de tutela y ausentes el Vocal y Secretario demandados; se produjeron los siguientes actuados:
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los accionantes por medio de su representante sin mandato, se ratificaron in extenso en los argumentos vertidos en su demanda de acción de libertad; y ampliándolos señaló que: a) Se apeló porque observaron que existían riesgos procesales que fueron poco fundamentados; b) El Vocal demandado tenía la obligación de cerciorarse que se hubiesen cumplido con las formalidades de ley; c) La parte demandada es la que tiene que demostrar y adjuntar elementos probatorios para desvirtuar lo reclamado mediante esta acción tutelar; y, d) Un policía trató de conectar a la audiencia a los detenidos preventivos; empero, al no poder conectarse, les dijeron que la misma había sido suspendida y que serían notificados con el nuevo señalamiento.
I.2.2. Informe de la autoridad y el servidor público demandados
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- Henry David Sánchez Camacho, Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Informe AL 07, de 20 de enero de 2021, cursante de fs. 24 a 27; manifestó que: 1) En el Auto de Vista 029/2021, se señaló de manera expr