SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0295/2022- S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2022- S2

Fecha: 11-May-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan e obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante Nota de 18 de marzo de 2021, presentado por Paola López Altamirano -hoy accionante-, ante Edson Milton Oczachoque Gerónimo, Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental de Oruro -ahora demandado-, por la que solicitó fotocopias legalizadas de las Resoluciones Finales Ejecutoriadas de los procesos “…322938, 336291, 384932, 385066 y 385076…”, peticionó fotocopias legalizadas de los procesos internos 414061 -concluido- y 414063 -en trámite- (fs. 4).

II.2.    Consta Nota de 24 de marzo de mismo año, presentado por la peticionante de tutela ante la autoridad demandada, reiterando la solicitud de 18 de igual mes y año (fs. 5).

II.3.    Por Nota de 30 de marzo de igual -con fecha de recepción de 1 de abril de igual año-, presentada por la accionante ante el demandado, reiteró las peticiones de 18 y 24 de marzo de similar año (fs. 6).

II.4.    Cursa fotocopia -ilegible- de las notas de 25 marzo y 13 de abril, ambas  de 2021; por la cual, se da respuesta a la nota de 18 de igual mes y año, señalando que, previamente la accionante debe adjuntar su personería (fs. 15 a 16).