SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0344/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2022-S2

Fecha: 18-May-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  El 30 de abril de 2021, por nota dirigida a Rodolfo Mamani Tola, Secretario General del Sindicato de Transportes Mixto 26 de julio de Patacamaya del departamento de La Paz; Marcial Silvestre Flores -hoy accionante- requirió que se extienda hoja de ruta para que pueda trabajar como afiliado y socio propietario activo del sector taxis del referido Sindicato (fs. 1).

II.2. El 30 de abril de 2021, a través de la nota dirigida a Rodolfo Mamani Tola, Secretario General del Sindicato precitado; el demandante de tutela solicitó que se le informe con detalle los nombres completos de los socios propietarios y/o choferes del sector taxis que obstaculizaron el normal desarrollo de la audiencia cautelar de 14 del mismo mes y año, que se llevó a cabo en la casa de justicia de Patacamaya del departamento de La Paz (fs. 2).

II.3.  El 5 de mayo de 2021, por escrito dirigido a Rodolfo Mamani Tola, Secretario General del Sindicato de Transportes Mixto 26 de julio de Patacamaya del departamento de La Paz; el impetrante de tutela informó que no existía respuesta a sus dos notas -descritas anteriormente-; por lo que, reiteró encontrarse a la espera de algún pronunciamiento al amparo del art. 24 de la CPE (fs. 3).

II.4.  Cursan Informes de “mayo de 2021” que refieren “Dando cumplimiento a la petición escrita por parte del Señor MARCIAL SILVESTRE FLORES” (sic) y hacen alusión a la hoja de ruta e información sobre lo acaecido en 14 de abril de 2021, ambos datos requeridos por el accionante a través de sus notas (fs. 30 a 31).