SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0448/2022-S3
Fecha: 23-May-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Resolución 82/2020 de 23 de septiembre, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional presentada por José Alberto Ortiz Tomasi -ahora accionante- contra Edwin Aguayo Arando y Olvis Egüez Oliva, Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, a través de la cual los Vocales de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, concedieron la tutela en favor del accionante, disponiendo: 1) Dejar sin efecto el Auto Supremo 697/2019-RRC de 27 de agosto y el Auto Supremo Complementario 253/2020 de 11 de marzo; y, 2) Que los mencionados Magistrados emitan un nuevo auto supremo, conforme a los fundamentos expuestos en esa resolución constitucional (fs. 5 a 13 vta.).
II.2. Cursa mandamiento de condena de 24 de agosto de 2020, emitido por los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Montero del departamento de Santa Cruz, por el cual se ordenó al Director del CERPROM ponga en inmediata detención al accionante. Dicho mandamiento fue ejecutado el 19 de enero de 2021 a las 16:00 horas (fs. 14 a 16).