SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2022-S1

Fecha: 04-May-2022

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Mediante memorial presentado el 16 de marzo de 2021, cursante de fs. 806 a 814 vta., la accionante señaló que:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro de la denuncia que presentó ante el Ministerio Público contra Fabiola Elena Meneses Gómez -hoy tercera interesada-, por la presunta comisión de los delitos de concusión, estafa y beneficios en razón del cargo, se llegaron a realizar las investigaciones correspondientes; sin embargo, el 28 de febrero de 2020, el Fiscal asignado, emitió la Resolución de Rechazo de Denuncia, señalando la existencia de duda favorable respecto de los hechos denunciados y los elementos de prueba presentados como de los colectados; además, que los tipos penales no se adecuaban a lo descrito en la denuncia. Objetada que fue dicho fallo, el ex Fiscal Departamental codemandado sin atender su planteamiento, incurriendo en incongruencia omisiva al no pronunciarse sobre su reclamo ratificó la determinación del Fiscal de Materia, limitándose a copiar los razonamientos de la Resolución objetada, puesto que, si bien contiene un resumen de las razones que dieron inicio al proceso, las actuaciones, el fallo que se revisa, y la objeción; empero dicho fallo resulta exagerado en consideraciones y limitado en cuanto a las acciones de investigación; asimismo, se advierte el incumplimiento del deber de contrastar la determinación de rechazo frente al cuaderno de investigaciones versus los argumentos de la objeción, según la expresión de agravios, pero la autoridad demandada incluso utilizó la misma doctrina, sin valorar los argumentos propuestos, menos los elementos de prueba para determinar la procedencia o no de los reclamos efectuados, cometiendo los mismos errores que el Fiscal de Materia.

En la objeción se reclamó un patrón desarrollado por la denunciada que ameritaba un mayor esfuerzo investigativo, sin que el ex Fiscal Departamental se refiera sobre ese particular, tampoco se valoró los mensajes de WhatsApp en los cuales se constata que pedía dinero vinculados a la posibilidad de tener un cargo; pues solo enunció la existencia de pruebas, y si bien no todos los documentos demuestran los hechos, pero ameritaban una valoración para considerarlos o no.