SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2022-S4

Fecha: 03-May-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por Memorándum RRHH 125/2020 de 10 de agosto, el Sub Gerente de Recursos Humanos (RRHH) de la empresa Industria Forestal CIMAL IMR S.A., hizo conocer a Fanny Alpire Solíz –ahora accionante– su desvinculación laboral de dicha empresa, por fuerza mayor e imposibilidad sobreviniente, misma que se aplicó a partir de la referida fecha (fs. 32).

II.2.    Mediante Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/FRC/CONM 105/2020 de 3 de septiembre, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, ordenó a la empresa Industrias Forestales CIMAL IMR S.A. –hoy parte demandada– la restitución inmediata a la impetrante de tutela, al mismo puesto que ocupaba, y reponiendo los sueldos devengados desde el despido injustificado, en aplicación del DS 0495, manteniendo su antigüedad y demás derechos sociales que le correspondan por ley (fs. 9 a 11).

II.3.    A través de Informe de Verificación de Reincorporación de 16 de octubre de 2020, emitido por el Inspector de Trabajo de la citada Jefatura, informó que la parte demandada no dio cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/FRC/CONM 105/2020, que dispone la restitución inmediata al cargo de la accionante (fs. 5).

II.4.    Mediante Resolución Administrativa JDTSC/F.R.C./R.R. 090/2020 de 26 de octubre, pronunciada por la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, resolvió confirmar totalmente la referida Conminatoria de Reincorporación Laboral, quedando firme y subsistente en todas sus partes dicha disposición (fs. 6 a 7 vta.).