SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0464/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0464/2022-S1

Fecha: 23-Jun-2022

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 15 de julio de 2021, cursante de fs. 67 a 81, el accionante manifestó los siguientes argumentos de hecho y derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El Consejo Universitario de la U.A.G.R.M., mediante Resolución I.C.U. 018-2021 de 9 de abril, aprobó la Convocatoria 001/2021 que regula el Claustro Universitario para la elección de autoridades por el periodo 2021-2025, a la que se presentó como candidato a Decano de la Facultad Integral del Noreste de la U.A.G.R.M. por el frente UNIR LA FINE. La Corte Electoral Universitaria tenía cinco días hábiles después del cierre del periodo de inscripción, para admitir o realizar observaciones a la lista de los postulantes y anunciar los nombres de los candidatos habilitados mediante lista oficial y pública, conforme señala el art. 6 de la Convocatoria señalada; ante ese mandato de cinco días para admitir o realizar observaciones, la Corte Electoral Universitaria no admitió ni realizó observaciones a ninguna candidatura, habiendo sido habilitado en primera instancia.