SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2022-S3

Fecha: 22-Jun-2022

II.   CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por Conminatoria de Reincorporación 014/2020 de 15 de diciembre, la Jefa Departamental de Oruro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, determinó conminar a la representante legal de la Empresa Minera Inti Raymi S.A. -hoy accionante- a la inmediata reincorporación de Edson Eddy Condarco Ojeda, Ariel José Gómez Magne, Juan Guido Flores Huacota, Raúl Carmelo Ayma Flores, Freddy Ordoñez Llave, Javier Ernesto Ortiz Reynaga, Julia Roque Mollo, Ninoska Zabala Usnayo y Ovidio Absalón Quispe Romero -ahora terceros interesados-, al mismo puesto que ocupaban, más el pago de salarios devengados y todos sus derechos sociales que les correspondan a la fecha de su reincorporación (fs. 168 a 170 vta.).

II.2.    A través de la Instructiva de Reincorporación 003/2020 de 15 de diciembre, la Jefa Departamental de Oruro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, instruyó a la representante legal de la Empresa Minera Inti Raymi S.A. la inmediata reincorporación de Edwin José chambi Marca, Máximo Rocha Ancasi, Cristóbal Ojeda Chambi, Freddy Fidel Choqueticlla Aguilar, Apolinar Villegas Cabrera, Cristóbal Julio Rocha Ancasi, Walter Pita Ojeda, Fernando Moya Calizaya, Hilver Saúl Quispe Ojeda, Ever Fernando Valente Fulguera, Arturo Díaz Montecinos y Javier Efraín Miranda Colque -hoy terceros interesados-, al mismo puesto que ocupaban, más el pago de salarios devengados y todos sus derechos sociales que les correspondan al momento de su reincorporación (fs. 171 a 174 vta.).

II.3.    Mediante memorial presentado el 7 de enero de 2021, ante la Jefa Departamental de Oruro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, la parte accionante formuló recurso de revocatoria contra la Conminatoria de Reincorporación 014/2020 y la Instructiva de Reincorporación 003/2020 (fs. 175 a 186 vta.), que fue resuelto por la citada Jefa Departamental por la RA 011/2021 de 29 de enero, confirmando las referidas Conminatorias e Instructivas, al no justificarse de manera documentada la desvinculación -se entiende de los ahora terceros interesados- (fs. 187 a 191).

II.4.    Cursa memorial presentado el 11 de febrero de 2021, ante la Jefa Departamental de Oruro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por el que la parte accionante planteó recurso jerárquico contra la RA 011/2021 (fs. 192 a 198 vta.). Dicho recurso fue resuelto a través de la RM 263/21 de 25 de marzo de 2021, emitida por Verónica Patricia Navía Tejada, Ministra de Trabajo, Empleo y Previsión Social -ahora accionada-, confirmando totalmente la citada Resolución Administrativa, así como la Conminatoria de Reincorporación 014/2020 y la Instructiva de Reincorporación 003/2020, haciendo notar en el punto segundo que, conforme al art. 69 inc. a) de la LPA, quedó agotada la vía administrativa (fs. 30 a 33 vta.).