SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0671/2022-S3
Fecha: 22-Jun-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, conforme al art. 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 005/2021 de 3 de marzo, cursante de fs. 29 a 32, pronunciada por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, y en consecuencia:
1º CONCEDER la tutela solicitada, por lesión del debido proceso, en su elemento a la celeridad, vinculado con la libertad, respecto a la Jueza de Instrucción Anticorrupción y de Materia contra Violencia hacia las Mujeres Tercera de la Capital del departamento de La Paz, en suplencia legal de su similar Primero; así como respecto el Secretario y Auxiliar, ambos del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra Violencia hacia la Mujer Primero, de la misma Capital y departamento, accionados, en los mismos términos dispuestos por el Tribunal de garantías y de acuerdo a los fundamentos expuestos en el presente fallo constitucional.
2º DENEGAR la tutela impetrada respecto al Tribunal de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, así como en relación al derecho a la defensa conforme los fundamentos expuestos precedentemente.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas