SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0642/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2022-S1

Fecha: 18-Jul-2022

II. CONCLUSIÓN

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursa en expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa reporte emitido por Sergio Chavarría Polo, Encargado Nacional de Arraigos Dirección General de Migraciones del Ministerio de Gobierno (DIGEMIG) con los siguientes datos de registro de arraigo: Nombres y Apellidos, Ramiro Fernando Carrasco Quintana, con Carnet de Identidad 2372829 expedido en La Paz, de 6 de diciembre de 2002 a horas 12:00, ordenado por el Juez de Instrucción Penal Primero, por incumplimiento de deberes; y, como querellante la Honorable Alcaldía Municipal (fs. 3).

II.2.  Se tiene reporte emitido por Sergio Chavarría Polo Encargado Nacional de Arraigos DIGEMIG con los siguientes datos de registro de arraigo: Nombres y Apellidos Ramiro Fernando Carrasco Quintana, con Carnet de Identidad 2372829 expedido en La Paz, de 8 de agosto de 2000 a horas 12:00, ordenado por el Juez de Instrucción Penal Tercero; con motivo del Caso Empresa ESIN Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL); y, como querellante el Ministerio Público (fs. 4).

II.3   Se advierte oficio de 20 de julio de 2000, emitido por el Juez de Instrucción Penal Tercero de la Capital del departamento de La Paz, con Referencia Arraigo, de Ramiro Fernando Carrasco Quintana –ahora accionante–, con Carnet de Identidad 2372829 expedido en el citado departamento y solicitando a la DIGEMIG el arraigo del prenombrado (fs. 5 a 6).

II.4   Se tiene Mandamiento de Arraigo del ahora peticionante de tutela con Carnet de Identidad 2372829 expedido en La Paz, emitido por el Juez de Instrucción Penal Liquidador Primero de la Capital del citado departamento de 21 de octubre de 2002 (fs.7).

II.5   Certificación del Archivo Judicial del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz de 30 de enero de 2020, en la que certifica al punto único:

“Que revisado las listas de archivo de la gestión 2000 a la gestión 2004, del Juzgado Tercero de instrucción Penal Liquidador No se consigna ningún proceso penal seguido por el Ministerio Publico contra Ramiro Carrasco Quintanas, como archivado" (sic).

Asimismo, revisadas las listas de archivo de la gestión 2002 a 2004 del Juzgado de Instrucción Liquidador Primero de la Capital del departamento de La Paz, “no se consigna ningún proceso penal seguido por la H. Alcaldía Municipal de La paz contra Ramiro Carrasco Quintana, como un proceso archivado” (sic); certificación emitida por Sergio Zabala Quelca, Encargado de Archivo Judicial del Tribunal Departamental de Justicia del referido departamento [fs.8].

II.6   Certificado de Antecedentes Penales de 3 de marzo de 2020 del ahora impetrante de tutela con Carnet de Identidad 2372829 expedido en                  La Paz en la cual señala que no registra antecedente penal referido a sentencia condenatoria ejecutoriada, declaratoria de rebeldía o suspensión condicional del proceso (fs.9).

II.7   Cursa Informe de la Unidad Nacional del REJAP del Órgano Judicial de 25 de noviembre de 2020 el cual informo “que revisado los archivos de los nueve Distritos Judiciales del país…” (sic), el ahora accionante con Carnet de Identidad 2372829 expedido en La Paz, no registra antecedentes penales referidos a sentencias condenatorias, salidas alternativas o declaratorias de rebeldía (fs.10).

II.8   Mediante Nota de 3 de noviembre de 2020, del ahora peticionante de tutela, dirigida a la Dirección General de Migración con “Ref. Solicita cancelación”, en mérito a la certificación que indica:

“revisado las listas de archivo de la gestión 2000 a la gestión 2004 del Juzgado Tercero de Instrucción Penal Liquidador No se consigna ningún proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Ramiro Fernando Carrasco Quintana como un proceso archivado” (sic [fs.11]).

II.9   Por Nota de 3 de noviembre de 2020 el ahora impetrante de tutela, solicitó  a la DIGEMIG la cancelación del arraigo; y, en mérito a la certificación que indica:

“revisado las listas de archivo de la gestión 2000 a la gestión 2004 del Juzgado Primero de Instrucción Penal Liquidador No se consigna ningún proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Ramiro Fernando Carrasco Quintana como un proceso archivado” (sic [fs.12]).

II.10. A través de Nota MG/DGM/UCMA/AARR/NIE/29/2021 de 16 de marzo, emitida por el Encargado Nacional de Arraigos y el Responsable de Inspectoría de la DIGEMIG con “Ref. Respuesta a solicitud”, dirigida al ahora accionante, con Carnet de Identidad 2372829 expedida en La Paz; en respuesta a la nota de 3 de noviembre de 2020 señalan: “que la gestión para efectivizar la cancelación solicitada corresponde ser realizada por su persona y a ese fin remito a usted mediante la presente nota la siguiente documentación en originales 1 certificado del Archivo Judicial del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz de fecha 30 de enero de 2020. 2. Certificado de Antecedentes penales del Órgano Judicial del Estado Plurinacional de Bolivia del Concejo de la magistratura Oficina La Paz. 3. Certificado de Antecedentes del Concejo de la magistratura Sucre y 4. Fotocopia del mandamiento de Arraigo.” (sic [fs.13]).

II.11.  Se tiene el Procedimiento de Registro y Levantamiento de Arraigo (fs. 14   a 58).