SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0538/2022-S1
Fecha: 05-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa acta de 25 de marzo de 2021 y Auto Interlocutorio 228/2021 de similar fecha y año, en el cual Alipio Veliz Veliz, Juez de Instrucción Penal Cuarto de la Capital del departamento de Oruro, -ahora demandado- rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva impetrada por Meliza Kenia Orosco Rocha -ahora demandante de tutela- y otra, interponiendo recurso de apelación incidental al tenor del art. 251 del CPP a lo cual, la autoridad de control jurisdiccional ordenó la remisión de los antecedentes al tribunal de alzada (fs. 57 a 65 vta.).
II.2. Consta nota de 29 de marzo de 2021 suscrita por el Juez -ahora demandado- de remisión de apelación incidental de medida cautelar de Génesis Carla Orosco Rocha emitiéndose el Auto de radicatoria de la misma fecha suscrito por el Vocal Presidente de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, consignando como apelante a la misma recurrente y señalando audiencia para el 31 del mismo mes y año (fs. 66 a 67).
II.3. Mediante Auto Interlocutorio 236/2021 de 31 de marzo, la autoridad jurisdiccional accionada ordena la remisión del recurso de apelación incidental interpuesta por la impetrante de tutela y su hermana, en el plazo de veinticuatro horas, constando las diligencias de notificación a su defensa técnica mediante ciudadanía digital generada a horas 16:41:57 del 31 de marzo de 2021 (fs. 69 a 70).
II.4. Mediante nota de 1 de abril de 2021, suscrita por la Secretaria del Juzgado de Instrucción Penal Cuarto de la Capital del departamento de Oruro dirigido a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de dicho departamento se envía testimonio complementario a la impugnación contra el Auto Interlocutorio 228/2021, consignándose como parte apelante a
Génesis Carla Orosco Rocha y a Meliza Kenia Orosco Rocha -ahora solicitante de tutela- (fs. 77).