SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2022-S1

Fecha: 18-Jul-2022

II. PETITORIO.

En amparo del derecho a la petición previsto en el art. 24 de la CPE, y Art. 4 inc. k, Art. 16 inc. h y m) de la Ley 2341, SOLICITO lo siguiente:

1.    En mérito al estado del proceso de aprobación de plano georreferenciado signado con el Nro. 085/2012, se cumpla el Art. 28. Núm. 7 del Decreto Municipal 003/2012. Sea con las consideraciones de ley.

2.    Se dé continuidad y/o prosecución a mi trámite de georreferenciado, hasta otorgarme por ante ventanilla única, toda vez que el mismo cuenta con los informes técnico-legales de viabilidad y que además ya se hubo cancelado el concepto de aprobación.

En caso de negativa solicito se me haga conocer por escrito de manera fundamentada, motivada y sustentado en derecho, para fines de que en derecho pudiese hacer valer.

SOLICITUD DE COPIAS LEGALIZADAS.- solcito en amparo del Art. 24 de la CPE me extienda copias simples y legalizadas de todo el cuaderno de trámite de aprobación de plano georeferenciado correspondiente a mi persona SEA EN DOBLE EJEMPLAR. Para tal efecto cumpliré con los recaudos necesarios.

DOMICILIO.- para efectos de notificación señalo domicilio procesal las oficinas de mi abogado ubicado en las calles Soria Galvarro N° 5833 entre Ayacucho y Junín, interior planta alta y teléfono de contacto 72457001. Se tenga presente”

(sic [fs. 2]).

II.2.    Cursa Informe Técnico D.O.G.T - INF. TEC. - ELCA 101/2021 de       11 de agosto, recibido por la Dirección de Ordenamiento Territorial el   12 de agosto de 2021, emitido por: Edwin Luis Cayoja Ayala, Responsable Área SIG a.i.-D.O.T.; vía: Aracely Juanes Juaniquina, Directora de Ordenamiento Territorial del GAM de Oruro; dirigido a Eduarda Fabrica Choque, recibido por ésta última el 25 del mismo mes y año, en el que señala lo siguiente:

“Ref.: INFORME TÉCNICO 1432/21

De mi mayor consideración: