SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2022-S1

Fecha: 30-Ago-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa Acusación Formal de 14 de julio de 2021, formulada contra Shirley Castro Ayala, la cual fue derivada al Juzgado de Instrucción Penal Séptimo de la Capital del departamento de Oruro el 15 del mismo mes y año (fs. 67 a 70 vta.)

II.2.  Por decreto de 16 de julio de 2021, la Jueza de Instrucción Penal Séptima de la Capital del departamento de Oruro, ordeno que:

“…en cumplimiento al Parágrafo I del Art. 325 del Código de Procedimiento Penal, modificado por Ley No. 1173 de fecha 3 de mayo de 2019, remítase el presente proceso, previo sorteo, al Juzgado de Sentencia Penal de Turno…” (fs. 71).

II.3. Consta informe J.I.P.7 68/2021 de 30 de septiembre, por el cual Mayra Elizabeth Bustillos Plaza, Secretaria del Juzgado de Instrucción Penal Séptimo de la Capital del departamento de Oruro, manifiesta que la acusación fue sorteada el 30 de julio de 2021, se intentó su remisión, empero los juzgados de sentencia penal no admiten procesos con actuados pendientes (fs. 25).

II.4.  Bajo Nota CITE: J.I.P.7 338/2021 de 30 de septiembre, la Jueza ahora demandada, dirigiéndose al Juzgado de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de Oruro, señala “REMISIÓN DE ACUSACIÓN Y ANTECEDENTES DE CUADERNO DE CONTROL JURISDICCIONAL” (fs. 72).

II.5.  A través de nota de recepción (sin fecha verificable), David Quispe Luís, Auxiliar del Juzgado de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de Oruro,  refiere lo siguiente:

“…A horas quince con treinta p.m. de fecha treinta de septiembre de dos mil veintiún años, ingresando bajo la Partida No. 195/2021 del Libro de Ingresos de Causas Nuevas del Juzgado de Sentencia Penal 4° de la Capital Oruro – Bolivia en folios ocho (08), adjuntando cuaderno de Control Jurisdiccional a Fs. trecientos cuarenta y dos (342)” (sic [ fs. 74]).

II.6.  Por Auto de 30 de septiembre de 2021, la Jueza de Sentencia Penal Cuarta de la Capital del departamento de Oruro, dispone devolver obrados ante la falta de informes del Ministerio Público respecto a si el rechazo y sobreseimiento fueron impugnados o cuentan con ejecutoria, además dejando sin efecto el sorteo de la causa (fs. 75).

II.7.  El 30 de septiembre de 2021, por Nota JSP4-OF. 295/2021, la Jueza de Sentencia Cuarto de la Capital del departamento de Oruro, devuelve obrados al Juzgado de origen, el cual lleva sello de recepción en la misma fecha         (fs. 76).

II.8.  El 1 de octubre de 2021, la Jueza ahora demandada, emite decreto disponiendo se ponga a conocimiento de las partes el Auto de 30 de septiembre de 2021 y la devolución de antecedentes (fs. 77)